Declaración del MINREX: Preocupación sobre presunta negativa a pedido de extradición de Posada Carriles
El Ministerio de Relaciones Exteriores ha leído con preocupación
los
despachos cablegráficos fechados en Panamá el día
13 de marzo
del año 2001 y las informaciones publicadas hoy, 14 de marzo, en
la prensa panameña, sobre las declaraciones que se le atribuyen
a la
Sra. Mireya Moscoso, Presidenta de la República de Panamá,
en
conferencia de prensa ante los corresponsales extranjeros
acreditados en ese país istmeño.
Se indica que la Presidenta de Panamá le expresó a los
corresponsales que su país no extraditaría hacia Cuba al
notorio
terrorista internacional Luis Posada Carriles, detenido en Panamá,
junto a tres cómplices, por haber intentado ejecutar un plan para
asesinar al Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz, Presidente de la
República de Cuba, durante la X Cumbre Iberoamericana el pasado
mes de noviembre, cumpliendo instrucciones de la mafia anexionista
radicada en Miami.
Según los medios de prensa, la Presidenta Moscoso adujo que el
motivo para no acceder a la extradición solicitada consistía
en que
los delitos que se le imputaban al terrorista era punibles en Cuba con
la pena de muerte.
El Gobierno de la República de Cuba, en total consonancia con la
legislación panameña, en particular el Código Judicial
de la República
de Panamá solicitó, dentro de los plazos legales establecidos,
la
extradición del terroristas Luis Posada Carrilles y de los terroristas
Gaspar Jiménez Escobedo, Pedro Remón y Guillermo Novo Sampol,
para lo cual no solo entregó los expedientes de extradición
correspondientes, sino que también accedió a cumplir con
total
satisfacción de la parte panameña, los demás requerimientos
que le
fueron señalados por la Cancillería de la República
de Panamá. Entre
tales requerimientos, las autoridades judiciales cubanas se
comprometieron formalmente a que, de ser extraditados los cuatro
terroristas a Cuba, no se les aplicaría la pena de muerte, cumpliendo
así lo estipulado en el Código Judicial de la República
de Panamá
para estos casos.
El Ministerio de Relaciones Exteriores recuerda que Luis Posada
Carriles fue el responsable directo de la destrucción en pleno vuelo,
en 1976, de un avión de Cubana de Aviación que cayó
frente a las
costas de Barbados y de los atentados terroristas con bombas que
se cometieron contra hoteles cubanos en 1997, así como de
numerosos crímenes contra nuestro país; mientras que sus
tres
cómplices, también detenidos en Panamá, son responsables
directos no solo de acciones terroristas contra Cuba e instalaciones
cubanas y de otros países, sino de la muerte de ciudadanos
cubanos, como fuera el caso de Félix García Rodríguez,
diplomático
cubano asesinado mientras prestaba servicios en la Misión
Permanente de Cuba ante la ONU, y del técnico pesquero cubano
Artañán Díaz Díaz, en México.
Durante las últimas semanas, la Embajada de Cuba en Panamá
se
ha visto obligada a formularle varios llamados de alerta a las
autoridades panameñas con respecto a las medidas de seguridad
que deben tomarse hacia los terroristas detenidos en ese país, dos
de los cuales, Luis Posada Carriles y Gaspar Jiménez Escobedo, han
sido protagonistas de fugas de las prisiones de Venezuela y México
donde, respectivamente, se hallaban recluidos por su actividad
delictiva y criminal.
Asimismo, también se ha sabido que personeros de la mafia
cubanoamericana de Miami y, particularmente representantes de la
FNCA, han viajado recientemente a Panamá, y han intentado
presionar a sus autoridades para lograr la liberación de los cuatro
terroristas, que han realizado durante años sus actividades contra
Cuba al amparo y bajo las órdenes de las tenebrosas
organizaciones anticubanas radicadas en el territorio de los Estados
Unidos.
El Ministerio de Relaciones Exteriores espera que los comentarios
que se le atribuyen a la Sra. Presidenta de Panamá por la prensa
internacional, no sean indicativos de la posición oficial que adoptará
el Gobierno de la República de Panamá, máxime cuando
Cuba ha
cumplido con el más escrupuloso rigor todos los requisitos que la
legislación panameña establece para los casos de extradición,
y
cuando la Cancillería de la República de Panamá, único
organismo
facultado por la legislación panameña para aceptar o rechazar
las
solicitudes de extradición, aún no se ha pronunciado.
La Habana, 14 de marzo de 2001