22 de marzo de 2006 04:09 p.m.
De: T-041 P.04/07 F-831
Oficina de Detención y de Operaciones de Retiro
Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos
1545 Hawkins Blvd
El Paso, Texas 79925
Servicio de Inmigración y Control de Aduana de Estados Unidos
70/45
A12 419 708
Luis Clemente Posada - Carriles
C/O El Paso Processing Center
8915 Montana
El Paso, Texas 79925
Estimado señor Posada Carriles:
Decisión provisional de continuar la detención
Por la presente carta le comunicamos que su condición de detenido ha sido objeto de análisis y se ha determinado que, en estos momentos, no será liberado de la detención por parte del Servicio de Inmigración y Control de Aduana de Estados Unidos (ICE), porque, tal como se especifica más adelante, usted continúa siendo un peligro para la comunidad y un riesgo para los vuelos. Esta decisión provisional se fundamenta en el análisis de su caso y el examen de la información que usted y su abogado presentaron a los funcionarios del ICE encargados del examen.
Usted es oriundo de Cuba y ciudadano de ese país y de Venezuela. El 17 de mayo de 2005, fue detenido por agentes del ICE. El 25 de julio de 2005, el Juez de Inmigración (JI) le denegó la fianza al sostener que usted estaba sujeto a detención obligatoria por haber cometido un delito que entrañaba vileza moral y considerar que usted constituía un peligro para los vuelos. Durante los procedimientos relacionados con su traslado, el JI consideró que podía ser trasladado en virtud de los dos cargos presentados en el Aviso de Comparecencia, en cumplimiento de INA § 212 a) 6) A) i) (presente sin inspección) e INA § 212 a) 7) A) i) I) (inmigrante que no posee visa de inmigrante válida). Además, usted admitió que no reunía las condiciones exigidas para retener el traslado por haber cometido un delito no político grave fuera de los Estados Unidos. El 26 de septiembre de 2005, el JI ordenó su traslado, pero accedió a la postergación del traslado tanto a Cuba como a Venezuela.
Su historial de participación en actividades delictivas, de vínculos con personas involucradas en actividades delictivas e intervención en actos violentos, indica que usted hace caso omiso de la seguridad del público en general y que es propenso a participar en actividades proscritas en las disposiciones de INA § 212 a), las cuales constituyen un riesgo para la seguridad nacional de los Estados Unidos. Además, ha mostrado una actitud displicente hacia la repercusión que sus acciones han tenido para la seguridad y el bienestar de las personas y sus bienes. Las informaciones provenientes de fuentes abiertas y sus propias declaraciones lo vinculan a la planificación y coordinación de una serie de acciones de colocación de bombas en hoteles y restaurantes, que tuvieron lugar en Cuba durante un período de varios meses en 1997. Por otra parte, el 20 de abril de 2004, usted fue declarado culpable en Panamá de cometer Delitos contra la Seguridad Nacional y Falsificar Documentos Públicos, por lo cual fue condenado a siete años y un año de privación de libertad, respectivamente. Aunque posteriormente la Presidenta de Panamá le concedió indulto por esos delitos, el indulto foráneo, en sí mismo, no tiene efecto alguno en relación con las leyes de inmigración de los Estados Unidos. Un análisis de su detención y su historial delictivo muestra que, a raíz del juicio y de la absolución por las acusaciones criminales formuladas en Venezuela, su absolución fue anulada en la apelación y que, mientras estaba pendiente de un nuevo juicio por las acusaciones, usted hizo varios intentos de fuga y, finalmente, logró escapar de prisión. Debido a su largo historial de actividades delictivas y actos de violencia, que provocaron la muerte de civiles inocentes, liberarlo de la detención plantearía un peligro para la comunidad y la seguridad nacional de los Estados Unidos.
Usted afirma haber entrado por última vez en los Estados Unidos sin inspección al cruzar de forma ilegal la frontera mexicana el 26 de marzo de 2005. Posteriormente admitió que poco después de su entrada, mintió a un agente de la Patrulla Fronteriza de los Estados Unidos, alegando que usted era viejo y olvidadizo y había dejado sus documentos de inmigración en casa. Desde el momento de su entrada ilegal en los Estados Unidos hasta su detención, usted fue refugiado ilegalmente por sus asociados de Miami. Por lo menos dos de estos asociados, Santiago Álvarez y Rubén Darío López Hernández, alias Rubén Darío López-Castro, tienen antecedentes penales. Mientras usted se encontraba escondido en los Estados Unidos, presentó una solicitud de asilo a los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos, pero no compareció en la entrevista programada, alegando que estaba enfermo. Sin embargo, antes de que terminara ese mismo día, apareció en un lugar no revelado para conceder una conferencia de prensa, acompañado de varios de sus asociados radicados en Miami, incluido Santiago Álvarez, quien hizo de moderador de la conferencia de prensa y le sirvió de intérprete. En su conferencia de prensa, usted declaró públicamente haber vivido de forma clandestina durante más de treinta años. Usted reconoce, además, haber asumido una serie de identidades diferentes durante toda su vida y utilizado pasaportes y otros documentos de identidad provenientes de varios países diferentes, a fin de moverse libremente por toda América Central. Como ya se señaló, su pasado también incluye la fuga de una cárcel venezolana, lo que se consumó tras diversas tentativas en las que utilizó amenazas de fuerza, explosivos y subterfugios. Cuando usted fue aprehendido por el ICE, portaba un bolso marinero que contenía sus medicinas y su ropa. Según se cita en un artículo publicado en el Miami Herald, el 4 de junio de 2005, Santiago Álvarez, quien es considerado su "principal benefactor", declaró que usted estaba "haciendo una última parada a fin de recoger las pertenencias personales en casa de un amigo, la cuales [estaban] en [su] camino para abandonar el país cuando los agentes lo detuvieron a [usted]". Recientemente, las autoridades estadounidenses detuvieron y acusaron a Santiago Álvarez de poseer armas automáticas, cuyos números de serie en algunos casos estaban borrados, y de poseer pasaporte falso.
Aunque usted devino residente permanente legal de los Estados Unidos en 1962, posteriormente abandonó esa condición. Desde 1965, no ha vivido en los Estados Unidos durante períodos prolongados y, de hecho, se convirtió en ciudadano venezolano y trabajó para el Gobierno de Venezuela con carácter oficial. Antes de su más reciente entrada ilegal en los Estados Unidos en 2005, había entrado por última vez en ese país en 1974. Usted señaló que, de 1985 a 2005, había vivido en América Central, principalmente en El Salvador.
Usted sigue siendo objeto de una solicitud de extradición formulada por el Gobierno de Venezuela, la cual se sustenta en su presunta participación en el atentado con bomba contra un avión de pasajeros de Cubana de Aviación. Esta cuestión continúa siendo examinada por el Departamento de Estado y el Departamento de Justicia de los Estados Unidos.
Usted ha sido conocido por los alias siguientes: Bambi o Bamby, Juan José Rivas, Ramón Medina, José Ramón Medina, Basilio, Bebe, Franco Rodríguez Mena, Juan R. Medina, Ramón Rodríguez (Medina), Ramón Medina (Rodríguez) y Franco Rodríguez (Mena), Solo, Lupo, Louis McClaud y Juan José Rivas López.
Su pericia para asumir identidades falsas, su desestimación de las leyes de inmigración de los Estados Unidos, sus antecedentes de fuga y la presencia de la solicitud de su extradición internacional pendiente, demuestran que usted representa un riesgo de fuga considerable, si resulta liberado de la detención.
Al adoptar su decisión, el ICE examinó la carta y la documentación probatoria presentada por su abogado. Se analizó la información presentada, incluidos sus vínculos familiares en los Estados Unidos, su edad y estado médico, sus servicios militares y gubernamentales en los Estados Unidos, su explicación sobre la participación en actividades anteriores, y su disposición de cumplir cualesquiera condiciones de libertad propuestas, tales como el monitoreo electrónico. Si bien usted afirma no ser un peligro para la comunidad ni un riesgo para los vuelos, y que su edad y su salud pueden atenuar esos riesgos, en este momento no podíamos dar crédito a sus afirmaciones tras ponderar la totalidad del expediente.
Según proceda, el ICE seguirá examinando su detención teniendo en cuenta la información adicional que usted presente, los sucesos colaterales y los esfuerzos dirigidos a trasladarlo a otros países. Entretanto, como ya se señaló en la Notificación de Análisis de Detención que se le entregó, las leyes de inmigración estipulan que usted debe facilitar su propio traslado de los Estados Unidos, así como acatar las gestiones del Gobierno estadounidense para trasladarlo. En su testimonio, usted indicó haber vivido en América Central durante un período de 15 años (de 1985 a 2000), en países tales como Panamá, El Salvador, Honduras y Guatemala entre otros, enumeró diversos asociados, amigos y otros contactos potenciales en esos países y señaló que, durante su empleo como asesor policial en El Salvador, sostuvo numerosos contactos y "fraternizó con altos funcionarios gubernamentales en almuerzos, cacerías y otros". Asimismo, indicó haber solicitado a uno de sus contactos en Honduras que obtuviera un documento de viaje a ese país a su nombre y que éste respondió que el Ministro de Asuntos Exteriores no estaba dispuesto a abordar el asunto porque "el Gobierno estaba cambiando", y que "tal vez esto podría resolverse con el nuevo Gobierno".
La información precedente, así como la información que se indica en más detalle en su testimonio y las iniciativas diplomáticas de los Estados Unidos, han proporcionado múltiples perspectivas de efectuar su traslado de los Estados Unidos, de tal manera que el ICE considera que su traslado de los Estados Unidos es razonablemente previsible. Adjuntas a esta decisión figuran preguntas complementarias derivadas de la información que usted ha suministrado y que guardan relación con otras estrategias y vías de comunicación que contribuyen a facilitar su traslado de los Estados Unidos.
Como ya se explicó, usted permanecerá bajo la detención del ICE en espera de su traslado de los Estados Unidos. Se le comunica que debe demostrar que está haciendo esfuerzos razonables para cumplir la orden de traslado y cooperando con las gestiones de la ICE para trasladarlo actuando tal como el ICE solicite para efectuar su traslado. Asimismo, se le comunica que el hecho premeditado de no solicitar oportunamente de buena fe los documentos de viaje u otros documentos necesarios para su salida o la negativa premeditada a hacerlo, o la conspiración o las acciones dirigidas a impedir su traslado u obstruir la expedición de un documento de viaje, podrán someterlo a enjuiciamiento penal en virtud de la Sección 8 1253 a) del Código de los Estados Unidos.
___(firmado)_______________________
27/3/06______
Robert E. Jolicoeur, Director de la Oficina Local
Fecha
____________________________________________________
PRUEBA DE SERVICIO
1)
Servicio Personal (funcionario encargado de llenar los incisos
a) y b) infra).
a) Yo, _Roy Hernandez
SDDO ____________________
Nombre del funcionario del ICE
Cargo
certifico que entregué a Luis POSADA Carriles copia del presente
Nombre del detenido
documento en el Centro de Procesamiento de El Paso el __________
Institución
Fecha
a las 2:08 p.m.
Hora
b) Certifico que entregué al custodio Alfredo Campos
Nombre del funcionario
OIC
en el Centro de Procesamiento de El Paso, el __________
Cargo
Institución
Fecha
copia del presente documento.
O
2)
Servicio por correo certificado, comprobante de devolución.
(Copia del comprobante adjunta)
Yo, _____________________________________________,
Nombre del Funcionario del ICE
certifico que entregué a __________________________________,
Nombre del detenido
y al custodio ___________________________________________
Nombre del funcionario
copia del presente documento por correo certificado en _______________
el ___________________________________.
Institución
Fecha
(X)
cc: Abogado para expedientes o Representante Designado
(X) cc: Archivo - A
Anexo No. 1 a la decisión provisional de continuar la custodia
Requisitos suplementarios para contribuir al traslado de Luis Clemente Posada Carriles (A 12 419 708)
Las solicitudes adicionales siguientes emanan de su respuesta al documento inicial y de las solicitudes de información formuladas el 23 de diciembre de 2005. Cada solicitud original aparece en letra cursiva, seguidas de la información suplementaria requerida:
1) el nombre de cualquier país donde, durante cualquier período de tiempo, usted ha residido, entrenado, viajado, ha sido empleado o ha poseído o actualmente posee familia, amigos, negocios, asociados militares, gubernamentales o de otra índole;
Respecto del período de 15 años (1895-2000), usted indicó haber residido en América Central (incluidos, entre otros países, Panamá, Honduras, Guatemala y El Salvador), indique cada lugar (país, ciudad, dirección) donde residió durante cualquier período de tiempo, las fechas de su residencia en esos lugares, las circunstancias en torno a la reubicación, incluidas las razones profesionales y/o personales, y las personas con quienes haya sostenido contactos con respecto a la reubicación.
Incluya en su respuesta una descripción de su detención y los procesos penales en primer tipo de transacción o comunicación, incluya fecha de nacimiento, nacionalidad, dirección y número de teléfono.
Usted indicó haber recibido asilo temporal en la embajada chilena en Venezuela a raíz de su primera fuga de la detención en ese país. Sírvase indicar las personas que organizaron y proporcionado tal asilo temporal, incluidos las personas de Chile.
Usted indicó los miembros de su familia que residen en la Florida y California. Sírvase enumerar los familiares (incluidos los familiares de su esposa, o de cualquier otra cónyuge, si contrajo matrimonio anteriormente) que tiene fuera de los Estados Unidos, como hijos, hermanos, hermanas, tíos, tías y parientes políticos. Enumere los bienes o bienes raíces (excepto el terreno en "Poinciana Gardens") que posee dentro o fuera de los Estados Unidos, o en que tenga un interés directo, parcial o beneficioso, o que haya transferido a otras personas o estén en posesión de su esposa, cualquier familiar u otra persona en su nombre o a instancias suyas.
2) los nombres y la información de contacto relativa a las personas consideradas en la pregunta anterior, incluidos las fechas de nacimiento, las nacionalidades, las direcciones y los números de teléfono y, en particular, las personas que residen en México, Costa Rica, Guatemala, El Salvador, Panamá, Canadá, Honduras y cualquier otro país de América Latina, o cualquier otro país;
En lo referente a los nombres y la información de contacto suministrados en respuesta a esta solicitud, respecto del país extranjero en el que esa persona reside o anteriormente fue residente o nacional, sírvase proporcionar información detallada y las copias de cualquier correspondencia, que refleje las peticiones, si las hubiere, que usted haya hecho a esas personas para que lo ayudaran a obtener el permiso para entrar en el país extranjero.
Indique los nombres y la información de contacto sobre las personas consideradas en la solicitud suplementaria anterior (#1), incluidos las fechas de nacimiento, las nacionalidades, las direcciones y los números de teléfono.
3) teniendo en cuenta su experiencia, sus empleos o servicios anteriores en los Gobiernos de Guatemala y Venezuela o en representación de estos, indique los nombres y la información de contacto sobre las personas que están actualmente o estuvieron con anterioridad en esas instituciones gubernamentales;
Usted vivió en Venezuela durante 18 años (1967-1985), alcanzando una elevada posición en los servicios de seguridad gubernamentales, pero afirma conocer a sólo tres personas, quienes están actualmente o estuvieron con anterioridad en el Gobierno. Suministre información adicional sobre la respuesta o explique por qué no puede hacerlo.
4) el nombre y la información de contacto sobre cualquier persona de los Estados Unidos con quien haya sostenido contacto y que lo haya ayudado, directa o indirectamente, a comunicarse con cualquier persona en cualquier país, o lo ayude en cualquier momento a lograr la entrada u obtener el permiso para entrar en cualquier país;
Indique los nombres, las direcciones y los números de teléfono de las personas que lo ayudan a cumplir las solicitudes originales y suplementarias que se reflejan en el presente documento.
5) Cualesquiera y todos los documentos u otros materiales que constituyan o reflejen la existencia de comunicaciones de cualquier tipo (o una descripción detallada de cualquiera de esas comunicaciones) entre funcionarios gubernamentales de El Salvador, Panamá, Guatemala, Costa Rico, México u otros lugares, o entre personas que trabajan al servicio de esos funcionarios gubernamentales, los representan o actúan de canal de información entre esos funcionarios gubernamentales;
Sírvase enumerar las comunicaciones, las cartas y los países considerados en su respuesta a esta solicitud, donde usted indicó: "Puedo obtener cartas personales provenientes de diversos países, de ser necesario". Sírvase obtener cualesquiera de esas cartas y suministrárselas al ICE, tal como usted indicó, así como cualquier prueba o explicación de esos esfuerzos.
6) Usted indicó anteriormente la posesión de múltiples pasaportes u otros documentos de viaje, con los cuales ha logrado ingresar en numerosos países. Presente esos pasaportes o documentos de viaje (de cualquier tipo, estén vigentes o vencidos, y si están a su nombre o contienen cualquier otro nombre o identidad) al DSN (Departamento de Seguridad Nacional. Si actualmente no posee ninguno de los citados documentos, describa en detalle la naturaleza de cada una de ellos, incluidos el país y la identidad del portador al que están asociados, así como los permisos relacionados con los viajes, las visas u otras anotaciones gubernamentales (ya sea que usted las considere válidas o no en la actualidad) indicadas en el documento.
Usted señaló que los documentos relacionados con esta solicitud fueron destruidos a su vencimiento. Sírvase confirmar si ha conservado el original o copias de cualquiera de estos, o si se puede obtener copias de tales documentos.
Usted ha obtenido pasaportes falsos y otros documentos de viaje en Guatemala, Costa Rica, El Salvador y República Dominicana y ha explicado las circunstancias en que obtuvo esa documentación sólo con respecto a El Salvador. Suministre información en cuanto a cómo obtuvo documentos de viaje en los demás países y sobre las personas que lo ayudaron a hacerlo.