Absuelven a ex líder senderista en Perú
LIMA (AP).- Una corte antiterrorista absolvió a Osmán Morote, considerado como el número dos del grupo subversivo Sendero Luminoso, del cargo de terrorismo, al no haberse podido comprobar que dirigió desde la cárcel el atentado dinamitero contra las instalaciones de Canal 2 en 1992.
El abogado de Morote, Manuel Fajardo, quien también defiende al máximo cabecilla senderista Abimael Guzmán, dijo el martes que tras la decisión, en la víspera, de la Sala Nacional para Casos de Terrorismo, Morote solamente tiene pendiente un juicio, ya que ha sido absuelto en los otros dos.
La primera absolución, detalló, correspondió al juicio que se le siguió por el caso de un motín en el penal Castro Castro, y la segunda fue la del caso Canal 2, por el cual la Fiscalía había pedido para Morote cadena perpetua.
La absolución de Morote coincidió con una ofensiva legal, lanzada por la defensa de líderes senderistas, quienes buscan obtener su libertad esgrimiendo un exceso en el tiempo de cárcel sin haber sido sentenciado.
Ellos basan este argumento en la anulación de los juicios a los que fueron sometidos por tribunales militares tras su captura a fines de los 80 o principios de los 90.
Las leyes antiterroristas vigentes cuando fueron condenados fueron derogadas a inicios del 2003, sus procesos quedaron anulados, y se determinó la realización de nuevos juicios en cortes civiles.
Fajardo confirmó que pidió recientemente dos hábeas corpus para Guzmán y para las ocho personas que fueron detenidas con él en septiembre de 1992, basándose en artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos y del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas, que señalan que una persona detenida debe ser llevada a juicio en un plazo razonable.
"Si esto no ocurre, se le pone en libertad y se asegura que pueda concurrir a juicio en esa condición... pero 12 años de detención, en ningún caso puede ser un plazo razonable", dijo Fajardo en declaraciones a Radioprogramas.
Magistrados del Poder Judicial, sin embargo, aclaran que el plazo de cárcel, que es de 36 meses, no ha vencido porque empezó a contarse desde la anulación de los juicios de los procesados, es decir desde principios del 2003.