En la ciudad de Nueva York, reunidos los patriotas de Cuba que abajo firman, acordaron por unanimidad adoptar una Junta Suprema para la organización del mejor proyecto expedicionario, bajo las bases siguientes: 1. La Revolución de la Isla de Cuba será impulsada, organizada y dirigida por una Junta ó Gobierno Provisional, no sólo para la legalización de los actos revolucionarios, sino para cubrir la responsabilidad moral de los que alientan y dirigen una empresa como ésta, en que se comprometen intereses tan graves y generales. 2. La Junta será la emanación, el núcleo de todo poder y estará facultada para conceder toda clase de empleos y comisiones, como asimismo para exonerar de ellos á las personas que los obtengan, y considerándose dicha Junta como la entidad moral, bajo el carácter de un Gobierno Provisional, hasta que Cuba, libre ó independiente, se constituya bajo la forma gubernativa que tenga á bien.
Nota. La Junta se propone que su primer acto sea el de conferir al señor don Narciso López el mando militar bajo el carácter de Teniente General de la Expedición Libertadora.
Fírman: Como Presidente, J. A. Yznaga.--León Fragua del Calvo [seudónimo de Cristobal Mádan].--Gaspar Betancourt Cisneros.--José Posse.--Ignacío Mora.--Juan Francisco Portuondo.--F. T. Vingut.--Cayetano de Quesada.--Francisco Castillo.--Miguel T. Tolón.--Pedro Ysnaga y H.--Gaspar Agramonte.--Miguel de Agüero.--Esteban de Ayala.--Pedro M. Sánchez.--J. D. del Rijo.--Plutarco González.--C. Arteaga.--Gregorío Mola.--Porfirio Jardines.
Como se me manda por el señor Presidente, don José Aniceto Yznaga doy fe y reconozco como ciertas las firmas de los arriba firmantes, y hoy que estamos á veinte y nueve del mes de Noviembre de mil ochocientos cuarenta y nueve, lo firmo como Secretario.--Victoriano de Arrieta.--Certifico que además de los señores arriba firmados concurrieron y disintieron los señores don Narciso López, don Ambrosio González, don José María Sánchez Iznaga, don Cirilo Villaverde, don José Manuel Hernández, don Juan Manuel Macías y don Antonio Paicuariche, y para la debida constancia firmo la presente. Fecha ut supra Victoriano de Arrieta.