Reunidos en sesión los señores que suscriben, con objeto de activar la marcha de la causa política de Cuba, y habiéndose hecho manifiesta la existencia de ciertas presunciones de desacuerdo entre los patriotas que más prominente posición ocupan en estos asuntos, la junta, sinceramente dispuesta á procurar la unión y armonía de todos los esfuerzos encaminados a la libertad de nuestra patria, y habiéndose ilustrado y discutido suficientemente el particular, vino por unánime opinión en adoptar las siguientes bases ó resoluciones con objeto de que comunicadas al señor don Narciso López se sirva dicho señor tomarlas en consideración para que a efecto de ellas y removido todo motivo de divergencia ó disensión, caso de que exista, y unidos cordialmente trabajemos bajo unas mismas bases y á un propio fin:
Primera:-La revolución de la Isla de Cuba será impulsada, organizada y dirigida por una junta formalmente instalada y en representación del pueblo cubano, como que para empeñar los intereses y destinos de él es indispensable, altamente importante y conveniente no sólo la legalización de los actos revolucionarios para cubrir nuestra grave responsabilidad moral, como el utilizar las capacidades de todo género que multiplicarán nuestros recursos.
Segunda:-La junta será la emanación, el núcleo de todo poder; sus atribuciones serán, las de Gobierno Provisional, con facultades plenas para conferir empleos, cargos ó comisiones de toda especie ó exonerar de ellos á los que los obtengan, y será, en fin, la entidad moral el Gobierno constituido, hasta tanto que el pueblo de la Isla de Cuba, libre é independiente, se organice en la forma que tenga á bien. Adoptadas estas precedentes resoluciones, manifestaron también los señores de la Junta su intención de que el primer acto del Consejo ó Gobierno Provisional sea el de conferir al señor don Narciso López el mando militar con la categoría de Teniente General de la expedición libertadora. Y para cumplir con el objeto del anterior acuerdo se nombró al señor don Pedro Manuel Sánchez, para que lo ponga en conocimiento del señor López y obtenida su respuesta dé cuenta á la Junta; disponiéndose que para el efecto se facilite al señor Sánchez una copia fiel y autorizada de la parte de esta acta en que se insertan dichas resoluciones.
En seguida, á moción del señor Fragua del Calvo, quedó impuesta la Junta de que el señor don Narciso López había abonado de su peculio al Coronel White la suma de doscientos pesos por adeudo á consecuencia de la fracasada expedición, se dispuso que, dicha suma, de doscientos pesos, se abonara al referido señor López y se recoja el recibo correspondiente, sin que esta disposición sirva de precedente sobre este particular.
Con lo cual se dió término á esta sesión, que firman los presentes.--Victoriano de Arrieta.--J. A. Yznaga.--G. Agramonte.-- Ignacio Mora.--G. Betancourt.--José R. Posse.--Tomás D. del Rijo.--León Fragua del Calvo [seudónimo de Cristobal Mádan].--Pedro M. Sánchez.--Miguel T. Tolón.