Sancionados secuestradores de embarcación de pasajeros Baraguá
El Tribunal aplicó el procedimiento de juicio sumarísimo
previsto en los Artículos 479 y 480
de la Ley de Procedimiento Penal, con pleno respeto de las garantías
y derechos
fundamentales de los acusados
El pasado 5 de abril, como se informó oportunamente, fueron puestos
a
disposición de la Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado
del
Tribunal Popular de Ciudad de La Habana los responsables del secuestro
y
desvío hacia Estados Unidos con extrema violencia y amenaza de muerte
a los
tripulantes y viajeros de la embarcación de transporte de pasajeros
"Baraguá",
que prestaba servicios en la bahía de La Habana, con gravísimo
peligro para la
vida de decenas de personas, convertidas en rehenes, que estuvieron a punto
de perecer cuando, a 30 millas de nuestras costas, la embarcación,
diseñada
para navegar en aguas interiores, quedó sin combustible, con mar
fuerza
cuatro, y estuvo en peligro de zozobrar antes de llegar en su auxilio las
unidades de Guardafronteras.
El Tribunal aplicó el procedimiento de juicio sumarísimo
previsto en los
Artículos 479 y 480 de la Ley de Procedimiento Penal, con pleno
respeto de las
garantías y derechos fundamentales de los acusados.
El martes 8 concluyó el juicio.
El Tribunal consideró probados los hechos, que constituían
graves delitos de
terrorismo previstos en la Ley 93 contra Actos de Terrorismo, del 24 de
diciembre del 2001, en virtud de lo cual y tomando en cuenta la alta
peligrosidad social de los hechos, así como la responsabilidad individual,
el
grado de participación y los antecedentes de conducta de los acusados,
resultaron sancionados a:
Pena capital: Lorenzo Enrique Copello Castillo, Bárbaro Leodán
Sevilla García y
Jorge Luis Martínez Isaac, los tres principales, más activos
y brutales jefes de
los secuestradores.
Prisión perpetua: Maikel Delgado Aramburo, Yoanny Thomas González,
Harold
Alcalá Aramburo y Ramón Henry Grillo.
Treinta años de privación de libertad: Wilmer Ledea Pérez.
Cinco años de privación de libertad: Ana Rosa Ledea Ríos.
Tres años de privación de libertad: Yolanda Pando Rizo.
Dos años de privación de libertad: Dania Rojas Góngora.
Los tres sancionados a la pena máxima establecieron de inmediato
recurso de
apelación ante el Tribunal Supremo Popular, máximo órgano
de justicia, que
celebró un nuevo juicio en el que la sentencia fue ratificada.
Sometidas de oficio las sentencias de máxima pena a la consideración
del
Consejo de Estado, éste, en reunión convocada al efecto en
la que durante
horas el colectivo analizó con profundidad los hechos probados por
los cuales
fueron sancionados, la gravedad de los mismos, y los peligros potenciales
que
implicaban no solo para la vida de numerosas personas inocentes sino también
para la seguridad del país —sometido a un plan siniestro de provocaciones
fraguado por los sectores más extremistas del Gobierno de Estados
Unidos y
sus aliados de la mafia terrorista de Miami con el único propósito
de crear
condiciones y pretextos para agredir a nuestra Patria, la cual será
defendida al
precio que sea necesario—, consideró absolutamente justas y con
estricto
apego a las leyes las decisiones de ambos tribunales y ratificó
las sentencias.
Al amanecer de hoy, las sanciones fueron aplicadas.