Sin marco jurídico negativa panameña para extraditar a terroristas a Cuba
Afirma experto istmeño en Derecho Público Internacional
PANAMA, 4 de junio.—Julio Berríos, experto panameño en
Derecho Internacional, consideró que no existe marco jurídico
que ampare al gobierno istmeño para negarse a extraditar a
Cuba a Luis Posada Carriles y el resto de su grupo terrorista,
informó PL.
En una entrevista televisiva, el doctor Berríos, profesor de
Derecho Internacional Público de la Universidad de Panamá,
precisó además que la única condición que las
autoridades
panameñas podían exigirle a Cuba en este caso era la de no
aplicar la pena de muerte a los requeridos.
El especialista dijo que precisamente esa condición fue de
hecho aceptada por el Gobierno cubano al formular su pedido
de extradición.
Apuntó que las autoridades panameñas han extraditado a
ciudadanos norteamericanos a estados de ese país en los que
está vigente la pena de muerte, amparados únicamente en el
compromiso de las autoridades en no aplicarla y sustituirla por
otra de menor rigor, y se preguntó: ¿por qué entonces
dudar de
la credibilidad del compromiso cubano?
Según Berríos, al denegarse la extradición "nos hemos
quedado con un problema no solo para el país, sino para las
autoridades judiciales en particular, que tendrán la
responsabilidad de ventilar este caso".
Agregó que esto tiene la agravante de que detrás de Posada
Carriles están grupos de personas que se oponen al Gobierno
cubano y que pudieran seguir presionando a Panamá para que
se dé una salida favorable a sus intereses en el proceso
judicial.
El abogado panameño dijo además que, de acuerdo con el
Derecho Internacional, cuando se niega la extradición de una
persona es con el compromiso de juzgarlo no solo por los
delitos cometidos en el país donde es capturado, sino que
también debe ser juzgado por los delitos que se le imputan en
la solicitud de extradición denegada.
Subrayó que en este caso Posada Carriles y sus secuaces
están siendo solicitados desde Cuba por el delito de terrorismo
a partir de lo cual las autoridades judiciales panameñas están
obligadas a juzgarlos también por ese delito y no únicamente
por haber ingresado al país con pasaporte o identidad falsa, ni
solo por presunta posesión de explosivos.